Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de julio de 1999Sala Plena

C-517 de 1999

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Walter Anchico Ramirez

Tema · dato duro
Ley 30/92 Art. 106 Docentes Hora Catedra Exequible E Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomía Universitaria
  • No restringe derechos de profesores ocasionales y de hora cátedra a percibir prestaciones sociales
  • Posibilidad de seleccionar modalidades contractuales más apropiadas para integrar comunidad de profesores
  • No es absoluta
  • Parámetros de contratación no son imputables al docente
Docente Universitario
  • Normatividad no desconoce derechos laborales
  • Modalidades de vinculación
Personal Docente Hora Catedra
  • Flexibilidad en lo relativo al tipo de vínculo
  • Remuneración mediante honorarios
  • Vinculación a través de contrato de trabajo
  • Existencia de relación laboral subordinada con institución educativa
  • Obligaciones
Servidor Publico
  • Profesores que por determinado tiempo prestan servicios en universidades estatales
Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
  • Vinculación de profesores hora cátedra a través de contrato de prestación de servicios
Personal Docente Hora Catedra De Establecimiento Superior Publico O Privado
  • Vinculación no da lugar a tratamiento diferente en cuanto a forma de contratación
Principio De Igualdad De Oportunidades Para El Trabajador
  • Oposición a la naturaleza jurídica o características particulares del empleador
11 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 30/92. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 106Ley 30/92EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar EXEQUIBLE el articulo 106 de la Ley 30 de 1992, salvo las expresiones "bien sea", "o mediante contratos de servicios" y "en cuanto a honorarios se refiere", que se declaran INEXEQUIBLES.
  2. Esta sentencia produce efectos a partir de su notificacion y, en consecuencia, no ampara aquellas situaciones juridicas que se encuentren en curso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoJosé Gregorio Hernández GalindoSalvamentoAlvaro Tafur Galvis
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.