C-395 de 2019
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Maria Fernanda Cruz Rodriguez Y Otra·Demandado Ley 906 De 2004
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Protección amplia
- Límite temporal desconoce sus derechos
- Facultad del fiscal y la víctima para solicitarla
- Papel asignado al Fiscal no excluye que las víctimas tengan derecho a intervenir en el proceso
- Jurisprudencia constitucional
- Examen de constitucionalidad
- Instrumentos internacionales
- Reparación integral y restablecimiento del derecho
- Encuentra límite en el reconocimiento y garantía de los derechos de las víctimas
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 101 de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.
Consideran los demandantes que la disposición cuestionada desconoce los artículos 1, 2, 229 y 250 de la Constitución de 1991, al constituir una limitación irrazonable y desproporcionada de los derechos de la víctima dentro del proceso penal, por cuanto no existe una justificación para privar a las víctimas de la posibilidad de solicitar la suspensión o cancelación de los registros obtenidos fraudulentamente en las etapas posteriores a la acusación.
Considera la corte que la limitación temporal de la solicitud de suspensión y cancelación de registros fraudulentos por parte de las víctimas resulta vulneratoria de sus derechos de acceso a la justicia y más concretamente a la reparación y al restablecimiento del derecho.
Se declara la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “y antes de la acusación”.
La Sala precisa que la anterior declaratoria habilita tanto a la Fiscalía General de la Nación como a las víctimas, a solicitar en cualquier momento la medida de suspensión y cancelación de los registros obtenidos fraudulentamente.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE la expresion "y antes de presentarse la acusacion" contenida en el inciso 1 del articulo 101 de la Ley 906 de 2004 por las razones expuestas en la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.