C-394 de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Ríos Jiménez Juan Camilo·Demandado Ley 600 De 2000
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No constituye parámetro de juzgamiento de normas expedidas con anterioridad
- Vigencia
- Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
- Modificaciones que introdujo en el sistema procesal penal
- Modificación de las funciones propias de la Fiscalía General de la Nación
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de las normas enunciadas en algunas expresiones de los artículos 114.2, 341, 352, 354, 365 y 392 de la Ley 600 de 2000, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.
El demandante considera que las disposiciones acusadas, las cuales facultan a la Fiscalía General de la Nación a imponer medidas de aseguramiento, legalizar capturas, revocar la medida de aseguramiento, registrar y almacenar en sistemas de información las medidas de aseguramiento por ella impuesta y revocar la libertad provisional al momento de proferir resolución de acusación y, establecer un tipo de control judicial por parte del juez de conocimiento de las medidas de aseguramiento proferidas por la Fiscalía, son contrarias a lo previsto en los artículos 13, 28, 29 y 250 de la Constitución.
Teniendo en cuenta que los cargos formulados no cumplieron con los requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia, la Sala Plena la Corporación decidió INHIBIRSE para emitir pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- Inhibirse para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de las normas enunciadas en los artículos 114.2, 341, 352, 354, 365 y 392 de la Ley 600 de 2000, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal", por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.