Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de abril de 2008Sala Plena

C-379 de 2008

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Franky Urrego Ortiz Y Otro

Tema · dato duro
Cosa Juzgada En Codigo Disciplinario Del Abogado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Abogado
  • Sanción de suspensión de abogado contraparte de entidad pública
  • Término de rehabilitación de abogado contraparte de entidad pública vulnera principio de igualdad
Principio De Legalidad
  • Falta disciplinaria y sanción deben estar claramente determinadas en la ley
Principios De Legalidad Y Seguridad Juridica
  • Desconocimiento en el régimen sancionatorio del abogado
Rehabilitacion Del Abogado
  • Sujeta a condiciones subjetivas
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1123 de 2007 articulos 40, 41, 42, 43 y 44.

Se establece el codigo disciplinario del abogado.

De las sanciones disciplinarias.

Censura, multa, suspension y exclusion.<br>a juicio de los actores, los preceptos demandados contravienen el articulo 29 de la constitucion politica, en particular, el principio de legalidad consignado alli mismo, en razon a que no existe la correspondencia debida entre la sancion que debe aplicarse y las faltas establecidas.

Dicho en otros terminos, cualquiera de las sanciones previstas en la ley puede aplicarse a cualquiera de las faltas determinadas en la misma.<br>cosa juzgada constitucional.<br>a proposito de la demanda contra el articulo 40 de la ley 1123 de 2007, cabe anotar que se ha presentado el fenomeno de la cosa juzgada constitucional en relacion con la sentencia c-290 de 2008.

Ahora, respecto de los cargos endilgados contra los restantes preceptos, esto es, los articulos 41, 42, 43 y 44 de la ley 1123 de 2007, según consideracion de esta corte, estos coinciden con los presentados y estudiados por la sentencia c-290 de 2008, motivo por el cual esta corporacion se sustentara en tal providencia para declarar su exequibilidad.<br>respecto del articulo 40 de la ley 1123 de 2007, estarse a lo resuelto en la sentencia c-290 de 2008.<br>exequibles los articulos 41, 42, 43 y 44 de la ley 1123 de 2007, por el cargo analizado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1123/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 40Ley 1123/07ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 41Ley 1123/07 «parcial.»EXEQUIBLE
Art. 42Ley 1123/07 «parcial.»EXEQUIBLE
Art. 43Ley 1123/07 «parcial.»EXEQUIBLE
Art. 44Ley 1123/07 «parcial.»EXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (23 puntos)
  1. Primero. Respecto del artículo 40 de la Ley 1123 de 2007 "Por la cual se establece el Código Disciplinario del Abogado", estarse a lo resuelto en la sentencia C-290 de 2008.
  2. Segundo. Declarar la EXEQUIBILIDAD de los artículos 41 (Censura), 42 (Multa), 43 (Suspensión), 44 (Exclusión) de la Ley 1123 de 2007 "Por la cual se establece el Código Disciplinario del Abogado", por el cargo analizado.
  3. HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
  4. Presidente
  5. JAIME ARAÚJO RENTERÍA
  6. Magistrado
  7. CON SALVAMENTO PARCIAL Y ACLARACIÓN DE VOTO
  8. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
  9. Magistrado
  10. JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO
  11. Magistrado
  12. RODRIGO ESCOBAR GIL
  13. Magistrado
  14. MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
  15. Magistrado
  16. IMPEDIMENTO ACEPTADO
  17. MARCO GERARDO MONROY CABRA
  18. Magistrado
  19. NILSON PINILLA PINILLA
  20. Magistrado
  21. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ
  22. Magistrada
  23. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.