C-372 de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Felipe Andres Jimenes Clavijo Y Otros·Demandado Decreto Ley 4184 De 2011, Articulo 2 Y Algunas Expresiones De Los Articulos 1, 3, 4, 5
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Necesidad de un mínimo de argumentación
- Requisitos
- Inhibición para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de las disposiciones demandadas
- Jurisprudencia constitucional sobre oportunidad procesal para definir la aptitud de la demanda
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Ineptitud sustantiva de la demanda por incumplimiento de requisitos de certeza y especificidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 2 y algunas expresiones contenidas en sus artículos 1, 3, 4 y 5 del Decreto Ley 4184 de 2011, por el cual se crea la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas.
En la demanda se plantan como cargos la extralimitación de facultades extraordinarias otorgadas al Presidente de la República, la violación de la autonomía de las entidades territoriales, la violación indirecta de la reserva de ley orgánica y la vulneración del principio de descentralización administrativa.
El núcleo argumentativo común de los cuatro cargos es una particular interpretación de la norma demandada que se opone al principio de autonomía territorial y a la reserva de ley orgánica.
La Corte verificó la ineptitud sustancial de la demanda, toda vez que el concepto de la violación alegada, no satisface los mínimos argumentativos de certeza y de especificidad.
La Sala Plena decide INHIBIRSE para emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 4184/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad del Decreto Ley 4184 de 2011 y, de manera especial, de su artículo 2 y de algunas expresiones contenidas en sus artículos 1, 3, 4 y 5.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.