Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de marzo de 2003Sala Plena

C-182 de 2003

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Jime Antonio Guarin Torres

Tema · dato duro
Ley 522 De 1999. Arts. 263 Num. 4 267 Y 561. Codigo Penal Militar. Funcionarios De Instrucción Penal Militar. Auditores De Guerra. Funciones. Elaboracion Proyectos De Fallo Y Conceptos. Asesoria Juridica. Acceso A Expedientes. Reserva Sumarial. Independen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Auditor De Guerra
  • Acceso a diligencias reservadas no vulnera el derecho al buen nombre, intimidad y honra de los sindicados
  • Concepto
  • Intervención en las etapas amenaza el derecho a que su investigador, acusador o juzgador sea un funcionario imparcial
  • Función dentro de la justicia penal militar
  • Funcionarios de carrera
  • Requisitos para ejercer el cargo
Funcionario Judicial
  • Ejercicio de atribuciones con total independencia de otras Ramas del Poder Público
Codigo Penal Militar
  • Reserva sumarial en etapas de instrucción e investigación
Principio De Publicidad
  • No es absoluto en materia de procedimiento penal
5 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 522/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE los artículos 267 y 561 de la Ley 522 de 1999 "por medio de la cual se expide el Código Penal Militar", en relación con los cargos examinados.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el artículo 263, numeral 4 de la Ley 522 de 1999 "por medio de la cual se expide el Código Penal Militar", en el entendido de que cuando el auditor de guerra ha actuado en la etapa de instrucción no podrá ejercer funciones de asesoría ni elaborar proyectos de fallo durante la etapa de juzgamiento en el mismo proceso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.