C-1260 de 2001
Ponente Rodrigo Uprimny Yepes
✓Demandante Alfredo Vasquez Villarreal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No confiere la Constitución el mismo grado de protección
- Interpretación del término “acciones"
- Objeto
- Regla que persigue desarrollar específicamente los principios
- Regula única
- Ambitos de aplicación
- Lectura gramatical restringida
- Mandatos diferenciados
- Principio general y regla especial
- Derecho de preferencia de trabajadores y organizaciones solidarias en venta de cuotas o partes de interés estatales
- Alcance
- Derecho a escoger libremente consorcio de sus intereses
- Derecho de preferencia a favor de socios remanentes
- No cobija a sociedades colectivas, limitadas y comanditaria simple
- Ofrecimiento especial a trabajadores y organizaciones solidarias
- Sociedades con las cuales resulta compatible derecho de preferencia de trabajadores y organizaciones solidarias
- Aplicación del derecho de preferencia
- Derecho de preferencia de trabajadores y organizaciones solidarias
- Ampliación legislativa del derecho de preferencia de trabajadores y organizaciones solidarias
- Condiciones especiales en hipótesis distintas
- Derechos de preferencia para trabajadores y organizaciones solidarias en hipótesis distintas
- Significado amplio del término "acciones"
- Ambito de aplicación del derecho de preferencia
- Carácter especial o específico
- Derecho de preferencia para acceder en el capital social
- Enajenación de cuotas o partes de interés del ámbito del derecho de preferencia
- Preferencia para otro tipo de sociedades
- Dimensión negativa
- Dimensiones
- No constituye una expectativa de acceder a un bien
- Significado amplio del término “acciones"
- Tensión normativa derivada de una lectura literal
- Criterios interpretativos
- Desarrollo legal
- Regla constitucional que la desarrolla
- Calificación individual del socio
- Obligación de los socios de renunciar a su derecho de preferencia
- Inclusión de nuevos socios
- Elemento monetario
- Finalidad
- Obligación de admitir a individuos que no representan el contrato social
- Posibilidad de regulación amplia de estructura interna
- Respeto
- Desconocimiento
- Significado amplio del término "acciones"
- No extensión a cualquier forma de participación del Estado en el capital social
- Entendimiento en sentido estricto
- Palabra técnica y extensión a otros supuestos
- Clasificación
- División
- Finalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 226 de 1995.
Art. 1 (p.).
Desarrolla art. 60 de la constitucion politica.
Enajenacion de la propiedad accionaria estatal.
Democratizacion acciones de participacion del estado en el capital social de las empresas.
Restriccion.
Procesos de privatizacion
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 226/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones acusadas contenidas en el artículo 1º de la Ley 226 de 1995, que literalmente dicen: "en general, a su participación en el capital social de cualquier empresa", "participaciones sociales" y "lo mismo que cualquier forma de participación en el capital de una empresa",
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.