C-1196 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Oscar Andres Lopez Cortes
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance de la habilitación por las partes
- Conciliación extrajudicial en materia laboral
- Obligación de asistencia a tentativa de conciliar
- Obligación de intentarla
- Obtención de acuerdo al ser obligadas las personas a acudir a la audiencia
- Inconstitucionalidad de obligación como requisito de procedibilidad
- Intentos forzados conducen a acuerdos satisfactorios
- No profiere fallos
- Permanencia
- Transitoriedad
- Distinción entre intento de conciliar y arreglo conciliado
- Alcance de la habilitación por las partes
- Mecanismo autocompositivo
- Ausencia de razones de inconstitucionalidad
- Requisito de procedibilidad
- Sustento constitucional
- Examen constitucional de si regulaciones son proporcionadas y razonables
- Distinción es decisiva
- Fallos en derecho o en equidad
- No justificado cambio
- Requisito de procedibilidad no lo desconoce
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 640 de 2001.
Arts. 28 29 30 35 (p.) y 39.
Conciliacion extrajudicial en materia laboral.
Inasistencia.
Efectos.
Requisito de procedibilidad.
Acceso a la administracion de justicia.
Cosa juzgada constitucional.
Ineptitud sustancial.
Estese a lo resuelto en c-893/01
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 640/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Estarse a lo decidido en la sentencia C- 893 de 2001, en relación con los artículos 28, 30, 35 y 39 de la Ley 640 de 2001, "Por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones."
- Segundo. declararse inhibida en relación con el artículo 29 de la misma Ley, por las razones expuestas en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.