C-072 de 2010
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Javier Fernando Rodriguez Sanchez·Demandado Ley 270 Articulo 150 Numeral 6
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración
- Características
- Modificación a la Carta no implica cambio en parámetro constitucional empleado por la Corte en sentencia C-037 de 1996
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 270 de 1996 artículo 150 numeral 6 “ESTATUTARIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”, la norma regula las inhabilidades para ejercer cargos en la rama el aparte demandado es el siguiente “Quien haya sido declarado responsable de la comisión de cualquier hecho punible, excepto por delitos políticos culposos”, el demandante considera que la norma acusada desconoce los artículos 13, 25 y 28 de la Constitución Política, debido a que se impone una pena perpetua a quien haya cometido un delito pese ha haber cumplido con la pena, vulnerando así los derechos a la igualdad, al trabajo y a la garantía de prohibición de imprescriptibilidad de las penas, además considera vulnerado el artículo 122 constitucional al establecer una inhabilidad más estricta que la prevista por la norma constitucional para el efecto.
La Corte pasa a establecer si respectó del numeral 6 operó el fenómeno de cosa juzgada constitucional, entra a estudiar la jurisprudencia relativa al control constitucional de los proyectos de ley estatutaria, se concluye que el cargo presentado por el demandante, según el cual la norma acusada desconoce el inciso 5 del artículo 122 de la Carta no puede prosperar y se ordena estarse a lo resuelto en la Sentencia C-037 de 1996, por haber operado el fenómeno de cosa juzgada constitucional.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 270/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-037 de 1996 que declaro exequible "el articulo 150 del proyecto de ley 58/94 Senado y 264/95 Camara, "Estatutaria de la Administracion de Justicia".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.