Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de febrero de 2023Sala Plena

C-037 de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Peña Huertas Rocío Del Pilar Y Otros·Demandado Ley 2197 De2022

Tema · dato duro
Fortalecimiento De La Seguridad Ciudadana. Medidas En Caso De Declaratoria De Inimputabilidad. Invasión De Tierras. Extinción De Dominio. Administración Y Destinación De Los Bienes. Enajenación Temprana, Chatarrización, Demolición Y Destrucción De Bienes Con Medidas Cautelares Dentro Del Proceso De Extinción De Dominio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acceso Progresivo A La Propiedad De La Tierra
  • Implica garantizar que la tierra que se adjudica o asigna tenga vocación agrícola
Acuerdo Final Para La Terminacion Del Conflicto Y La Construccion De Una Paz Estable Y Duradera
  • Cumplimiento de buena fe por parte de las instituciones y autoridades del Estado
  • Referente de desarrollo para sus normas de implementación
Integracion De Unidad Normativa
  • Eventos en que procede
  • Configuración
Acceso A La Tierra En El Marco Del Acuerdo Final De Paz
  • Destinatarios de los predios rurales objeto de extinción de dominio
  • Exclusión de predios rurales no sociales, constituye una medida regresiva en el cumplimiento del Acuerdo Final de Paz
Principio Pro Actione En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Cumplimiento de requisitos argumentativos mínimos
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de certeza, pertinencia y suficiencia en los cargos
8 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 33A y 263 (parcial) de la Ley 599 de 2000 y 50 de la Ley 2197 de 2022, por medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones.

Los demandantes consideran que las disposiciones acusadas vulneran los artículos64, 65 y 250 de la Constitución.

En relación con los artículos 33A y 263 (parcial) del Código Penal concluyó La Corte que los cargos formulados no cumplen los requisitos argumentativos por carecer de certeza, pertinencia y suficiencia, por lo cual se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo por la ineptitud sustantiva de la demanda.

En relación con el artículo 50 de la Ley 2197 de 2022 encontró La Sala Plena que vulnera los artículos 22 y 83 Superiores, en concordancia con el Acto Legislativo 02 de 2017, en tanto incorpora modificaciones que desconocen la implementación de lo acordado sobre la destinación de los predios rurales provenientes de la extinción judicial de dominio al Fondo de Tierras, en desarrollo del Acuerdo Final de Paz.

Con base en las anteriores consideraciones, se declararon INEXEQUIBLES las expresiones no sociales” y “o por la Agencia Nacional para la Reincorporación y la Normalización” del inciso segundo, y el parágrafo 4º de la precitada disposición normativa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 33Ley 599/00INHIBITORIO
Art. 33ALey 599/00INHIBITORIO
Art. 33Acto_legislativo 02/17INEXEQUIBLE
Art. 33Acto_legislativo 02/17INEXEQUIBLE
Art. 50Ley 2197/22INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«no sociales»
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre el cargo formulado contra el artículo 33A de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 4º de la Ley 2197 de 2022, por ineptitud sustantiva de la demanda.
  2. SEGUNDO. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre el cargo formulado contra el artículo 263 (parcial) de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 12 de la Ley 2197 de 2022, por ineptitud sustantiva de la demanda.
  3. TERCERO. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "no sociales" y "o por la Agencia Nacional para la Reincorporación y la Normalización" del inciso segundo, y el parágrafo 4º del artículo 50 de la Ley 2197 de 2022.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.