DecretoVigente
Decreto 1700 de 1975
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563 de 1975 del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
31artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 563 De 1975, Del Consejo Directivo Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales, "por El Cual Se Crea La Oficina Seccional De Los Seguros Sociales De San Andrés Y Providencia Y Se Expiden Sus Estatutos", Con Excepción Del Artículo 5º Y De Los Ordinales 1º Y 6º Del Artículo 7º En Cuanto Dan La Representación Legal De La Oficina Al Gerente Seccional Y Lo Facultan Para Autorizar Y Celebrar Contratos Cuya Cuantía No Exceda De $ 102Artículo 23Artículo 34Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 10TransitorioArtículo Transitorio11Artículo 1112Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Artículo 1718Artículo 1819Artículo 1920Artículo 2021Artículo 2122Artículo 2223Artículo 2324Artículo 2425Artículo 2526Artículo 2627Artículo 2710Del Decreto-Ley 0433 De 19712El Director General Del Instituto Podrá Delegar En El Gerente De La Oficina Seccional, De Acuerdo Con Las Autorizaciones Del Concejo Directivo, El Ejercicio De Algunas De Sus Funciones3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Publíquese, Y Cúmplase, Dado En Bogotá; A 25 De Agosto De 1975
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