º El Director General del Instituto podrá delegar en el Gerente de la Oficina Seccional, de acuerdo con las autorizaciones del Concejo Directivo, el ejercicio de algunas de sus funciones.
Decreto 1700 de 1975 →Vigente
Artículo 2
El Director General Del Instituto Podrá Delegar En El Gerente De La Oficina Seccional, De Acuerdo Con Las Autorizaciones Del Concejo Directivo, El Ejercicio De Algunas De Sus Funciones
Decreto 1700 de 1975 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563 de 1975 del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.