Micelio

Artículo 22

Decreto 1700 de 1975 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563 de 1975 del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gerente de la Oficina está facultando para imponer multas, mediante Resoluciones, en los casos y en las cuantías especificadas por la Ley 90 de 1946 y Decretos que le complementan, en especial los Estatutos del Instituto. Las resoluciones correspondientes a multas, una vez agotados los recursos internos, prestarán merito ejecutivo ante la justicia de Trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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