Micelio

Artículo 5

Decreto 1700 de 1975 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563 de 1975 del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La dirección administrativa Financiera y Técnica de la Oficina Seccional de los Seguros Sociales de San Andrés y Providencia, estará a cargo de un Gerente quien será ejecutor de las normas y disposiciones del Instituto. La representación legal de la Oficina Seccional corresponde al Gerente, dentro de sus límites señalados en estos Estatutos o que le señale el Concejo Directivo.

Del Gerente

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1700 de 1975