Son funciones del Gerente:
1ª Llevar la representación legal de la Oficina Seccional en la extensión y dentro de los límites señalados por estos Estatutos y por el Concejo Directivo;
2ª Dirigir y controlar, de acuerdo con sus finalidades y con las normas e instrucciones del Instituto de las actividades administrativas, científicas, técnicas y financieras de la Oficina;
3ª Nombrar y remover el personal de la Oficina con sujeción a los Reglamentos del Personal del Instituto y de la Oficina Seccional.
4ª Ejecutar los presupuestos ordinarios de ingresos y egresos de la Oficina, una vez aprobados por el Instituto;
5ª Ejecutar los planes y presupuestos e inversiones señalados por el Instituto;
6ª Autorizar y celebrar los contratos cuya cuantía no exceda de $ 10.000.00. Los de valor superior deberán ser aprobados por el Instituto.;
7ª Presentar al Instituto para su aprobación los proyectos de Reglamentos Internos de carácter general sobre materias administrativas, científicas y financieras;
8ª Ordenar las ejecución de censos, inspecciones y cuales quiera otra clase de investigaciones;
9ª Presentar al Director General, en el mes de abril de cada año, y además cuando éste los solicite, un informe de labores;
Ejecutar las órdenes del Instituto Colombiano de Seguros Sociales en cuestiones técnicas, científicas, administrativas y dirigir las relaciones con el mismo.
Elaborar los balances en las fechas, y conforme a las normas que le señale el Instituto someterlos a su aprobación.;
Presentar a la Dirección General los proyectos de inversiones para que sean incluidos en los planes generales del Instituto.
Dictar las Resoluciones de multas de acuerdo con el Reglamento de sanciones, controversias y procedimientos del Instituto y resolver los recursos de reposición y;
Servir en general de órgano de ejecución de las ordenes y planes que señale el Instituto, y ejercer los demás actos comprendidos dentro de las orbita de sus atribuciones.