º Apruébase el Acuerdo número 563 de 1975, del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, "por el cual se crea la Oficina Seccional de los Seguros Sociales de San Andrés y Providencia y se expiden sus Estatutos", con excepción del artículo 5º y de los ordinales 1º y 6º del artículo 7º en cuanto dan la representación legal de la oficina al gerente seccional y lo facultan para autorizar y celebrar contratos cuya cuantía no exceda de $ 10.000.00. El texto del Acuerdo es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 563 DE 1975 (julio 3) por el cual se crea la Oficina Seccional de los Seguros Sociales de San Andrés y Providencia y se expiden sus Estatutos. El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y considerando: Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6º del Decreto-ley 0433 de 1971, es función del Instituto la creación de Cajas y Oficinas seccionales para la administración de los distintos Seguros en las diferentes regiones del país y determinar su régimen administrativo; Que el Consejo Directivo del Instituto, dentro de los planes de extensión de la seguridad social ha considerado conveniente y necesario crear la Oficina Seccional de San Andrés y Providencia, ACUERDA:
Artículo 1
Apruébase El Acuerdo Número 563 De 1975, Del Consejo Directivo Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales, "por El Cual Se Crea La Oficina Seccional De Los Seguros Sociales De San Andrés Y Providencia Y Se Expiden Sus Estatutos", Con Excepción Del Artículo 5º Y De Los Ordinales 1º Y 6º Del Artículo 7º En Cuanto Dan La Representación Legal De La Oficina Al Gerente Seccional Y Lo Facultan Para Autorizar Y Celebrar Contratos Cuya Cuantía No Exceda De $ 10
Decreto 1700 de 1975 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563 de 1975 del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.