Micelio
DecretoVigente

Decreto 314 de 1909

Por la cual se reglamenta el despacho en el Ministerio de Instrucción Pública

30artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1El Personal Subalterno Del Ministerio De Instrucción Pública Se Divide En Tres Secciones, Así: Sección 12A La Sección 13Corresponden Á La Sección 24A Cargo De La Sección 35El Director Editor De La Revista Dependerá Directamente Del Ministro, Y Tendrá Las Siguientes Atribuciones: 16Las Horas Ordinarias De Oficina En Los Días No Feriados Serán Las Siguientes: Dé 8 Á 11 De La Mañana Y De 1 Á 5 Ev La: Tarde; Pero En Caso De Urgencia El Despacho Se Prorrogará Por E1 Tiempo Necesario Para Dar Evasión Al Trabajo Pendiente, Y Mientras El Ministro Permanezca En El Despacho, Ningún Empleado Subalterno Podrá Separarse De Su Oficina7Son Deberes Del Subsecretario: 18Son Deberes Del Jefe De La Sección 29Son Deberes Del Jefe De La Sección 310Son Deberes Y Funciones Del Portero Y De Los Conserjes: 111En Cada Una De Las Secciones Del Ministerio Se Abrirá Un Libro De Recibos De La Correspondencia Que Se Despache En Las Sección Respectiva12El Oficial Mayor De La Sección 313El Oficial Mayor De La Sección 314Fíjanse Las Siguientes Horas Para La Conferencia Ó Consulta Diaria Del Subsecretario Y De Los Otros Dos Jefes De Sección Con El Ministro: Sección 115Los Empleados Subalternos De Las Secciones No Podrán Consultar Asuntos Oficiales Con El Ministro, Mientras No Estén Autorizados Por Él, Y Eso En Caso De Ausencia Del Respectivo Jefe16Todos Los Empleados Del Ministerio Están En La Obligación De Guardar Absoluta Reserva Respecto De Los Negocios Que Cursan En El Despacho, Mientras No Se Haya Dictado Resolución Acerca De Ellos17En Relación Con Los Particulares, Los Empleados Del Ministerio Procederán Conforme Al Artículo 367 De La Misma Ley18A Ningún Particular Le Será Permitido Acercarse Á Las Mesas De Las Diversas Oficinas Del Ministerio, Ni Mucho Menos Imponerse Del Contenido De Ningún Documento, Expediente, Etc19Les Particulares No Podrán Penetrar Al Despacho Del Ministro Sino En Los Días Y Á Las Horas Señaladas Para Audiencia, Á No Mediar Permiso Especial Del Ministro20Es Prohibido Hablar Á Voces En Las Oficinas Del Ministerio Así Como Todo Altercado Ó Desorden2L22Se Prohíbe Á Los Empleados Citar Á Las Oficinas Á Sus Amigos Ú Otras Personas Para Tratar Asuntos Particulares; Los Extraños No Deben Permanecer Dentro De La Oficina Sino El Tiempo Indispensable Para Obtener Los Datos Ó Documentos Oficiales Que Soliciten, Y Siempre Deben Entrar En La Oficina Con La Cabeza Descubierta; Cuando Esto No Suceda, Los Empleados, Que Son Los Primeros Que Deben Dar Ejemplo De Respeto, Los Excitarán Á Ello Cortésmente23Durante Las Horas Señaladas Para El Trabajo Cada Empleado Debe Estar En Su Puesto, Siéndoles Absolutamente Prohibido Permanecer En Las Otras Secciones Del Ministerio Haciendo Tertulia24Será Destituido De Su Destino El Empleado Que Por Dos Veces Se Presentare Ebrio En La Oficina; La Primera Vez Será Amonestado Seriamente Por El Ministro, Y La Segunda Le Será Notificada Su Destitución25Son Obligaciones Generales De Los Jefes De Sección Y Del Oficial Mayor De La Sección 1ª Formar Anualmente Un Minucioso Inventario Del Archivo, Mueblaje, Biblioteca, Útiles De Escritorio Y Demás Enseres Del Servicio De La Respectiva Oficina Y Entregarlo Al Subsecretario, Debidamente Firmado, Dejando Copia En Su Despacho26De Toda Demora Injustificada Será Responsable El Jefe De La Sección Respectiva, Y Cuando Esta Clase De Falta Ocurra Frecuentemente, El Empleado Responsable Será Reemplazado, Si Ha Dado Motivo Para Ser Amonestado Por Dos Ocasiones27En Las Tres Secciones Del Ministerio Se Mantendrá Perfectamente Arreglado El Archivo, Siendo Responsable El Jefe De La Sección De Todos Los Expedientes Que Hayan Pasado De Su Oficina, Según El Libro De Registro General28En La Sección 329Las Cuentas De Cobro Que Se Presenten Á La Sección 330Por Ningún Motivo Se Aceptarán Nóminas En Que Aparezcan Nombres De Individuos Que No Hayan Sido Nombrados Por El Poder Ejecutivo Ó Por Quienes Tengan Facultad Legal Para Verificar Nombramientos De Empleados Nacionales Dependientes De Este Ministerio, Y Que No Hayan Tomado Legalmente Posesión
03

Firmas