Providencias que cita
T-970/05 invoca estas providencias en su argumentación. · 16 en total.
Volver a la ficha de T-970/05Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Tercera Subseccion B Y La Corte Suprema De Justicia Sala De Conjueces. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Administrativo De Cundinamarca
Derechos A La Vida Seguridad Social Y Minimo Vital De Compañera Permanente. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobrevivientes E Indexacion. Falta Agotar Via Gubernativa. Edad Promedio Tercera Edad 70 Años. Negada.
Derechos A La Vida Trabajo Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Emision Del Bono Pensional. Llamado A Prevencion. Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Cajanal. Concedida.
Derecho De Peticion Pension De Jubilacion Ybono Pensional. No Reconocimiento De Pension De Jubilacion Aduciendo La No Emision Del Bono Pensional Por Parte De Otra Entidad. Concedida.
Derecho A La Pension De Vejez. Emision Del Bono Pensional. U.I.S. Concedida.
Derecho A La Seguridad Social Pension Al Minimo Vital Y Peticion. Concedida.
Derecho Al Reconocimiento De La Pension De Vejez. No Tramitacion De Bonos Pensionales. Respeto A La Jerarquia Normativa. Tramitacion De Los Bonos Pensionales Tipo "b". Emision Y Expedicion Del Bono. Si Se Ha Emitido Y Expedido El Bono No Puede Negarse El Reconocimiento De La Pension. Concedida Parcialmente.
Derecho A La Seguridad Social Y Debido Proceso. Pension De Jubilacion De Exconsejero De Estado. Pension Compartida Iss Y Cajanal. Concedida
Der. A La Igualdad. Der. De Peticion. Der. A La Seguridad Social. No Cancelacion De Bono Pensional Por Entidad. Concedida.
Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.
Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Pension De Jubilacion. Hecho Superado. Carencia Actual De Objeto. Negada.
Solicitud De Remision De Bonos Pensionales A La Entidad Respectiva Para El Tramite De Pension De Jubilacion. Concedida.
Remision Del Bono Pensional Al I.S.S. Para El Pago De Pension De Jubilacion. Sustraccion De Materia. Negada.
Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.
Derecho De Peticion. Pago Oportuno Y Reajuste De Pension De Vejez. Negada.
Derecho De Peticion. Derecho A La Seguridad Social. Derechos De Las Personas De La Tercera Edad.Concedida Parcialmente.