Micelio
Sentencia de Tutela2 de noviembre de 2007

T-916 de 2007

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Maria Rocio Galeano De Montoya Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Sobrevivientes
  • Orden de inclusión en nómina en cumplimiento de sentencia
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital de persona a quien le fue reconocida la pension de sobrevivientes de su hijo pero la entidad de manera unilateral revoco el reconocimiento y suspendio el pago lo que la obligo a acudir a la justicia laboral que ordeno reactivar el pago de la pension pero la entidad no ha acatado la orden.solicita se ordene restablecer el pago de la pension de sobrevivientes y el pago de las mesadas atrasadas.procedencia excepcional de la accion de tutela para el cumplimiento de providencias judiciales.

La corte ha establecido que la tutela es procedente para solicitar el cumplimiento de sentencias que conlleven la obligacion de hacer y su improcedencia cuando se trate de la obligacion de dar salvo que en este caso se afecte un derecho fundamental como el minimo vital.

En el presente caso se trata del cumplimiento de la obligacion de dar pero como se vulnera el derecho al minimo vital por la falta de inclusion en nomina de los pensionados resulta procedente.concedida.

Se ordena su inclusion en nomina y el pago de la mesadas atrasadas

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Medellin y la Sala Cuarta de Decision Laboral del Tribunal Superior de Medellin, y en su lugar, CONCEDER la accion de tutela promovida por Maria Rocio Galeano por las razones expuestas en las consideraciones de este fallo.
  2. Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, proceda, si no lo hubiere hecho, a incluir en nomina a la senora Maria Rocio Galeano y consecuente con ello le pague la pension de sobrevivientes, asi como las mesadas atrasadas a que tiene derecho so pena de incurrir en las sanciones que contempla el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  3. Tercero. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.