Micelio
Sentencia de Tutela18 de septiembre de 2008

T-915 de 2008

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Rogelio Calderon Huertas·Demandado Juzgado 2° De Familia, Juzgado 6° Civil Municipal Y Secretaria De Transito Y Transporte Publico De Ibague.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Prelacion De Embargos
  • Embargos por créditos privilegiados de alimentos debidos a menor
Acción De Tutela
  • Carencia actual de objeto por terminación del proceso ejecutivo singular y el levantamiento del embargo y secuestro sobre el vehículo
Prelacion De Creditos
  • Alcance del artículo 542 del Código de Procedimiento Civil y la jurisprudencia de la Corte
  • Objeto
Proceso De Alimentos A Favor De Menores
  • Prelación de créditos así se haya decretado una medida cautelar sobre bienes anteriormente embargados en otros procesos
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de demandante en un proceso ejecutivo que considera conculcado su derecho con la actuacion de la secretaria de transito a traves de la cual se ordeno el levantamiento de la medida cautelar dictada por un juez sobre el vehiculo objeto del proceso.

A su juicio, esta no tenia competencia para ello.<br>la prelacion de creditos y el alcance del articulo 542 del cpc de acuerdo con la jurisprudencia constitucional.<br>la sala determino que se configuro una carencia actual de objeto, pues el proceso ejecutivo de la referencia finiquito.<br>hecho superado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos ordenada en el presente asunto.
  2. Segundo. Declarar la carencia actual de objeto en el presente asunto, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Tercero. Confirmar la sentencia de fecha octubre 16 de 2007, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial- Sala Civil Familia.
  4. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.