Micelio
Sentencia de Tutela1 de septiembre de 2005

T-904 de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Elvira Rosa Simoniny Vs. Coomeva

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por afiliación a EPS
Derecho A La Seguridad Social En Salud
  • Acceso de las personas sin ninguna discriminación
Derecho A La Informacion En El Sistema De Salud
  • Inclusión inmediata de novedades de los afiliados en la base de datos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la salud la seguridad social la igualdad y la dignidad humana de persona a quien le fue negada la solicitud de afiliacion por padecer carcinoma de seno.

Solicita se ordene su afiliacion y la prestación del tratamiento pruebas diagnosticas y medicamentos requeridos.

Acceso al sistema de seguridad social.

Hecho superado por la afiliación de la accionante y en consecuencia opera el fenómeno de carencia actual de objeto.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida en el proceso de la referencia por el Juzgado
  2. Noveno. Civil Municipal de San Jose de Cucuta, Norte de Santander, en consideracion a las razones anteriormente expuestas.
  3. SEGUNDO. DECLARAR la carencia actual de objeto, por la razon senalada en la parte motiva de esta Providencia.
  4. TERCERO. CONMINAR a Coomeva E.P.S. a que preste a la ciudadana Elvira Rosa Simoniny la atencion y el tratamiento medico necesario para atender su enfermedad.
  5. CUARTO. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.