T-386 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Monica Alexandra Jimenez Gallo Vs. Comfenalco
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Afiliación
- Servicio público de carácter obligatorio y derecho irrenunciable
- Proceso de afiliación a EPS
- Orden a la EPS de afiliación al sistema de seguridad social
- Continuidad y eficacia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la integridad personal la seguridad social de peticion y a la vida en conexidad con la salud de persona que se encontraba afiliada como dependiente y quien tenia como beneficiarios a sus padres de los cuales su progenitora padece cancer y venia siendo sometida al tratamiento correspondiente.
Al quedar sin cubrimiento de salud solicito su afiliacion como trabajadora independiente pero la entidad se niega a aceptar dicha afiliacion por no demostrar su ingreso mensual vendiendo cosméticos.
Solicita se ordene efectuar la afilicion y la atencion en salud para su señora madre con el tratamiento de cancer.
La seguridad social como servicio publico de carácter obligatorio y derecho irrenunciable.
El derecho a la afiliacion al sistema de seguridad social en salud.
La continuidad en la prestacion de los servicios de salud y seguridad social.
Quienes estan en la obligacion de prestar el servicio no pueden incurrir en conductas u omisiones que comprometan esta continuidad.
La accionante ha demostrado tener capacidad de pago derivada de los dineros de liquidacion laboral de la ayuda familiar y de los recursos de la actividad economica independiente a la que se ha dedicado.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Rionegro - Antioquia que negó el amparo solicitado y en su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales de la señora Mónica Alexandra Jiménez Gallo.
- Segundo. Ordenar a la E.P.S. CONFENALCO de Antioquia que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia proceda a efectuar la afiliación inmediata al Sistema de Seguridad Social en Salud en su calidad de trabajadora independiente, a la señora Mónica Alexandra Jiménez Gallo y a su grupo de beneficiarios, cuya base de cotización deberá establecerse de conformidad con lo aquí expuesto. La E.P.S. garantizará en todo caso la continuidad del servicio de salud para la progenitora de la accionante a quien se le deberá continuar brindando la atención médica que requiere.
- Tercero. Por Secretaría General líbrese las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.