T-876 de 2009
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Bertulfo Natib Guzman·Demandado Direccion De Sanidad, Ministerio De Defensa Ejercito Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que el soldado no interpuso a tiempo los recursos judiciales ante su inconformidad con la calificación de la Junta Médica Laboral
- Protección por autoridades militares
- Protección por autoridades militares
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Dignidad humana, petición, salud, vida, seguridad social e integridad física.
El actor, sufrió una caída mientras prestaba servicio militar que le ocasionó unas hernias discales, las cuales según criterio médico deben ser operadas, pero la junta médica se negó a realizarle el procedimiento requerido.
La Sala se pronuncia sobre la obligación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional de prestar asistencia médica al personal que adquirió alguna enfermedad por causa o con ocasión del servicio, la improcedencia de la acción de tutela ante la existencia de otro mecanismo judicial, debido a que el actor no apelo el dictamen de la junta médica, y recurrió a la acción de tutela dos años después de ocurridos los hechos, la jurisdicción contencioso administrativa es el mecanismo judicial idóneo para este caso.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la decisión proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala de Decisión Penal, del diez (10) de junio de dos mil nueve (2009), que negó la acción de tutela interpuesta por el señor Bertulfo Natib Guzmán.
- Segundo. Por Secretaría General, líbrese la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.