T-852 de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jacqueline Luna Sanchez Como Agente Oficiosa De Su Hermano Vs. Famisanar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitud pago de costos de paciente en unidad de cuidados intensivos
- Improcedencia por cuanto EPS prestó la totalidad de servicios médicos y se llegó a un acuerdo sobre el pago
- Cumplimiento de periodos mínimos de cotización
- Fundamental por conexidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida y la salud de afiliado cotizante a quien le fue ordenada una cirugia de esofaguectomia reconstructiva esofagica con tubo gastrico y por complicaciones fue internado en la unidad de cuidados intensivos exigiéndosele el cubrimiento del 52% del valor que no se encuentra en condiciones de pagar.solicita se ordene a la entidad asumir los gastos de la atencion medica hasta su recuperacion.legitimacion por activa.
El derecho a la salud y su proteccion por via de tutela cuando se encuentra en conexidad con uno o varios derechos fundamentales.
Periodos minimos de cotizacion como requisito para acceder a la prestacion de algunos tratamientos o procedimientos medicos.
Reiteracion de jurisprudencia.no es posible aplicar la jurisprudencia relativa al reconocimiento de los servicios sujetos a periodos minimos de cotizacion cuando los afiliados no los cumplen.
No existe vulneracion actual de derechos fundamentales del agenciado.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Dieciseis Civil Municipal de Bucaramanga que denego el amparo constitucional propuesto por la senora Jacqueline Luna Sanchez, en calidad de agente oficiosa de su hermano, el senor Ludwing Luna Sanchez.
- SEGUNDO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.