Micelio
Sentencia de Tutela13 de septiembre de 2013

T-642 de 2013

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Alirio Avila Tamayo·Demandado Comisaria De Familia De Copacabana - Antioquia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Indebida Notificacion En Proceso Por Violencia Intrafamiliar
  • Caso en que no se notificó en debida forma citación a audiencia ni resolución que se profirió al término de dicha audiencia
Medidas De Proteccion Contra La Violencia Intrafamiliar
  • Se deben incluir órdenes que tiendan a proteger a la denunciante, quien también se halla en estado de vulnerabilidad frente al actor
  • Vulneración del debido proceso por cuanto no se tuvo en cuenta joven discapacitada por retardo mental, separada de su núcleo familiar que requiere cuidados especiales
Procedimiento Por Violencia Intrafamiliar
  • Vulneración del debido proceso al no practicar en legal forma la notificación de la citación a la audiencia, ni tampoco de la resolución que se profirió al término de dicha audiencia
  • Deber del Comisario de Familia de comunicar a las partes involucradas, cada una de las actuaciones que profieran en el trámite
  • Deber del Comisario de Familia de notificar la decisión a las partes ausentes mediante aviso, telegrama o por cualquier medio idóneo
Medidas De Proteccion Por Violencia Intrafamiliar
  • Deber de las Comisarías de Familia, de analizar las condiciones especiales que tenga un miembro del núcleo familiar, que pueda resultar afectado con medida de protección que se adopte en el proceso
Derecho Al Debido Proceso
  • Deber de citación y notificación en legal forma, dentro de los procesos por violencia intrafamiliar que adelantan las Comisarías de Familia
Violencia Intrafamiliar
  • Procedimiento adelantado por Comisarías de Familia
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se le endilga a la Comisaría de Familia del municipio de Copacabana la vulneración del derecho al debido proceso, por el hecho de no practicar en legal forma la notificación de la citación a una audiencia y de expedir una resolución dentro de dicha diligencia, en la cual se resolvió declarar responsable al actor por hechos de violencia intrafamiliar en contra de su cónyuge y ordenar medidas de protección que afectaron a su hija.

Derecho fundamental al debido proceso.

Deber de citación y notificación en legal forma dentro de los procesos por violencia intrafamiliar que adelantan las Comisarías de Familia.

La Sala concluye que se vulnera el derecho al debido proceso, en los casos en que el Comisario de Familia adelanta procesos de violencia intrafamiliar y ordena medidas de protección, sin tener en cuenta a los integrantes del núcleo familiar que pueden resultar afectados con las medidas que adopte, especialmente cuando se trate de personas discapacitadas que gozan de una especial protección constitucional.

SE CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo proferido el 5 de abril de 2013 en unica instancia, por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Copacabana (Antioquia), en cuanto nego los derechos invocados por el senor Alirio Avila Tamayo, en nombre de su hija Peggy Alejandra Avila Duque, y en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental al debido proceso de Peggy Alejandra Avila Duque.
  3. Segundo. CONFIRMAR el fallo proferido el 5 de abril de 2013 en unica instancia, por el Juzgado
  4. Primero. Promiscuo Municipal de Copacabana (Antioquia), en cuanto tutelo el derecho fundamental al debido proceso del senor Alirio Avila Tamayo.
  5. Tercero. ORDENAR a la Comisaria de Familia de Copacabana, Antioquia, que dentro de las 48 horas siguientes a la notificacion de esta providencia, y en virtud de las funciones de seguimiento que le asigna la ley en los procesos de violencia intrafamiliar, inicie el procedimiento que corresponda a efectos de considerar y evaluar la situacion de la joven Peggy Alejandra Avila Duque, con el animo de adoptar las medidas de proteccion provisional pertinentes.
  6. Cuarto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por9
T-401/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Asunto De Violencia Intrafamiliar-Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia, Aplicación De Enfoque De Género E Interseccional Etario (Orden De Desalojo A Agresor).T-226/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Asunto De Violencia Intrafamiliar Contra Personas De La Tercera Edad-Vulneración Del Debido Proceso Por Defecto Ritual Manifiesto (Eficacia De Las Medidas De Protección).T-130/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Por Caso De Violencia Intrafamiliar-Deber De Aplicar Perspectiva De Género Y Defecto Sustantivo Al Resolver Sobre Medidas De Protección (Ley 294 De 1996).T-379/23Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Asunto De Violencia Intrafamiliar-Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia, Aplicación De Enfoque De Género Y Desconocimiento Del Precedente Constitucional (Orden De Desalojo A Agresor).T-326/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Actuación Por Violencia Intrafamiliar-Deber De Aplicar Perspectiva De Género Para Evitar Escenario De Victimización Institucional Contra La Mujer. Concede AmparoT-219/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales (Caso De Violencia Intrafamiliar)-Deber De Aplicar Perspectiva De Género Y El Principio Del Interés Superior Del Menor (Derecho De Las Niñas Y Los Niños A Ser Escuchados En La Actuación Judicial). Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado En El Trámite De Incidente De Incumplimiento De Medidas De Protección.
Ver las 9

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.