Micelio
Sentencia de Tutela16 de junio de 2005

T-618 de 2005

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Olga Ines Tangarife Gutierrez Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por entrega de medicamentos
Derecho A La Salud
  • Fundamental por conexidad con la vida
  • No autorización de cirugía refractiva con láser para tratar la hipermetropía
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud y la vida de afiliada a quien la entidad se niega a autorizarle un examen no pos de paquimetria y topografía corneal al igual que el retoque de cirugía refractiva con laser a que fue sometida en consulta particular.

Solicita se ordene los examenes formulados autorizando el recobro al fosyga.

El derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida en condiciones dignas dentro de un estado social de derecho.

Exclusión de ciertos tratamentos medicamentos y suministros de elementos medicos dentro de la cobertura del pos.

Eventos en que existe amenaza grave y directa de los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física de quien necesita un tratamiento o medicamentos o prueba diagnostica que se encuentra fuera del pos.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, el fallo proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Armenia, el 20 de enero de 2005 dentro de la acción de tutela instaurada por Olga Inés Tángarife Gutiérrez contra el Seguro Social -Seccional Quindío-.
  3. Segundo. ADVERTIR al Seguro Social -Seccional Quindío-, que en cumplimiento de sus obligaciones debe continuar suministrando la atención en salud que la actora requiera, de acuerdo con lo indicado por los médicos tratantes adscritos a esa entidad (v.gr. consultas médicas, exámenes, procedimientos quirúrgicos, hospitalización, suministro de medicamentos, etc).
  4. Tercero. Por Secretaría, librar la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.