Sentencia de Tutela16 de junio de 2004
T-600 de 2004
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Yolanda Garcia Ramirez Vs. Cajanal
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Nucleo Esencial. Solicitud Reconocimiento Pension Gracia. Presuncion De Veracidad. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Carencia Actual De Objeto. Sustraccion De Materia. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Alcance
- Reglas jurisprudenciales
Acción De Tutela
- Hecho superado por reconocimiento de pensión
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Términos para resolver
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 2 de julio de 2003 por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Barranquilla, Atlántico, dentro de la acción de tutela promovida por Yolanda García Ramírez contra la Subdirección de Prestaciones Económicas de la Caja Nacional de Previsión Social "Cajanal".
- Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto, por existir un hecho superado.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a19
T-588/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension Gracia. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Interposicion De Recursos En Tramite Administrativo. Llamado A Prevencion. Ley 700 De 2001. Concedida.T-422/03Derecho De Peticion. Nucleo Esencial. Solicitud Reliquidacion Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-326/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion Gracia Y Sustitucion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-325/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez Y Jubilacion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-013/03Derecho A La Seguridad Social Y Vida. Solicitud Afiliacion Y Asistencia Medica. Hecho Superado. Carencia Actual De Objeto. Concedida.SU.975/03Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial.
Ver las 19 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.