Micelio
Sentencia de Tutela25 de julio de 2002

T-568 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Edgar Javier Eraso Lopez Y Otra Vs. Administrador Edificio Lorenzo Cuellar

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. Restablecimiento Servicio Suspendido De Ascensor A Oficinas. Mora En Cuotas De Administracion. Propiedad Horizontal. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administrador De Propiedad Horizontal
  • Suspensión servicio de ascensores a personas de la tercera edad
  • Suspensión de servicios comunes siempre que no se afecten necesidades vitales
Acción De Tutela
  • Improcedencia para ordenar exonerar el pago de cuotas de administración
Derecho A La Vida E Integridad Personal
  • Suspensión servicio de ascensor
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de 11 de abril de 2000 proferida por la sala Civil del tribunal Superior de Bogota. En su lugar, se protegen los derechos a la salud y la vida de los senores EDGAR JAVIER ERASO LOPEZ Y BERENICE GUERRERO DE ERASO.
  2. Segundo. ORDENAR al Administrador del Edificio Lorenzo Cuellar, que Por consiguiente, se ordenara al administrador del edificio Lorenzo Cuellar que en el termino de cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, permita a los accionantes el acceso por ascensor a sus oficinas, sin perjuicio de que continue el cobro juridico de las cuotas de administracion debidas por los accionantes.
  3. Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.