Micelio
Sentencia de Tutela25 de julio de 2002

T-564 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Myriam Estela Rios Gallego Vs. Gobernador De Antioquia

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Ascenso En Escalafon Docente. Respuesta Clara Y Oportuna. Competencia. Disponibilidad Presupuestal. Ley 715 De 2001. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Solicitud de ascenso en el escalafón docente no va ligado con disponibilidad presupuestal
  • Interposición ante funcionario competente
  • Remisión al funcionario competente cuando no se instauró ante el competente
  • Resolución oportuna y de fondo
1 tema · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Envigado (Antioquia). En su lugar TUTELAR, el derecho fundamental de peticion de la senora MYRIAM ESTELA RIOS GALLEGO.
  3. Segundo. ORDENAR al GOBERNADOR DE ANTIOQUIA - SECRETARIA DE EDUCACION Y CULTURA, para que en el plazo maximo de quince (15) dias a partir de la notificacion de la presente sentencia, de respuesta de fondo a la peticion elevada el dia 26 de octubre 2001 por la aqui tutelante.
  4. Tercero. ADVERTIR a dicha autoridad, que no podra negar o condicionar - aunque sea momentaneamente- el derecho al reconocimiento del ascenso en el escalafon docente a la disponibilidad presupuestal, por las razones que se consignan en la parte motiva de esta sentencia.
  5. Cuarto. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.