Sentencia de Tutela5 de noviembre de 1997
T-556 de 1997
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Maria Angelica Gonzalez Arguello
✓
Tema · dato duro
Der. A La Sustitucion Pensional. Suspension Revocatoria De Acto Administrativo. Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Revocacion Directa De Acto Administrativo Particular Y Concreto
- Improcedencia de suspensión de pensión sustitutiva
Sustitución Pensional
- Improcedencia de suspensión unilateral
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias dictadas por el Juzgado Cuarenta Penal del Circuito de Bogota, el 30 de marzo de 1997, y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota el 22 de mayo del mismo ano, dentro del proceso promovido por la accionante MARIA ANGELIA GONZALEZ ARGUELLO contra el Instituto de Seguros Sociales.
- Segundo. TUTELAR el derecho de la demandante MARIA ANGELICA GONZALEZ ARGUELLO a continuar disfrutando de la sustitucion pensional a ella reconocida, a partir de la fecha en que le fue suspendida, siempre que con anterioridad a la notificacion de esta providencia no se le hayan pagado las mesadas pensionales dejadas de percibir, hasta tanto la jurisdiccion competente decide la controversia en relacion con el derecho al pago de las mismas.
- Tercero. PREVENIR al ISS para que se abstenga de volver a realizar actos como los relacionados en este proceso sobre suspension unilateral del pago de mesadas pensionales.
- Cuarto. LIBRENSE por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-376/96Revocatoria De Acto Administrativo. Suspension Del Pago De Pension De Vejez Por Afiliacion Ilegal. Negada.T-202/95Sustitucion Pensional Para Compañero Permanente. Igualdad De Sexos. Tutela Transitoria. Concedida.T-516/93Derecho A La Seguridad Social. Pension De Jubilacion. I.S.S. Irrevocabilidad De Pensiones. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.