T-551 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Margarita Claro Jure Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de peticion de afiliada que solicito el reconocimiento y pago de la pensionde invalidez por riesgo comun sin que la entidad le hubiese dado respuesta alguna.
Solicita se ordene resolver la peticion formulada.
Contenido y alcance del derecho fundamental de peticion.
Violacion del derecho de peticion en materia pensional.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Ocaña y, en su lugar, TUTELAR el derecho de petición de la accionante.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales - Seccional Santander que, si aún no lo ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia proceda a pronunciarse de fondo sobre el objeto de la petición formulada por la Señora MARGARITA CLARO JURE en escrito radicado en octubre 22 de 2004.
- Tercero. PREVENIR al I.S.S. para que en el futuro se abstenga de incurrir en actuaciones que vulneran el derecho fundamental de petición de sus afiliados por inobservancia de los términos vigentes sobre la materia.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrense la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.