Sentencia de Tutela23 de septiembre de 1998
T-523 de 1998
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Gabriel Dario Londoño Bolivar
✓
Tema · dato duro
Reconocimiento Y Pago De Prestaciones Sociales. Contrato De Prestacion De Servicios Profesionales. Medio De Defensa Judicial. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Subsidiariedad
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Contrato De Trabajo Y Contrato De Prestacion De Servicios
- Diferencia la determina elemento de subordinación
Juez De Tutela
- Incompetencia para reconocer prestaciones sociales o determinar entidad responsable
Medio De Defensa Judicial
- Demostración existencia de relación laboral y no de prestación de servicios
- Derechos de una relación laboral dentro de un contrato de prestación de servicios
Principio De Primacia De La Realidad Sobre Formalidades En Relaciones Laborales
- Subordinación en prestación personal de un servicio
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo de Casanare, el 2 de abril de 1.998, en cuanto denegó el amparo solicitado por el señor Gabriel Darío Londoño Bolívar, en contra del Municipio de Yopal.
- Segundo. LIBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1.991, para los fines allí establecidos.
- Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por36
T-023/23Acción De Tutela Contra Fallo De Tutela Por Cuestión Fraudulenta-Vulneración Del Debido Proceso Al Ordenar Pago De Indemnización De Contrato De Seguro, Ante Evidencia De Un Concilio Fraudulento.T-404/21Fenomeno De La Migracion Venezuela-Colombia: Con Énfasis En Trabajo Y SaludT-412/20Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente- Compañía De Seguros Realizó El Pago De La Póliza De Seguro De Vida E Incapacidad Total Y PermanenteT-233/20Accion De Tutela Para Solicitar Cancelacion De Registro Civil-Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditar Perjuicio IrremediableT-391/18Accion De Tutela En Materia De Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Improcedencia Por Incumplir Requisitos.T-340/18Pension De Sobreviviente De Hijo Fallecido.
Ver las 36 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.