Micelio
Sentencia de Tutela16 de julio de 2014

T-498 de 2014

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Rosa Lia Buenaños Gonzalez Como Apoderada De Flor Maria Palacios Abadia·Demandado Administracion Temporal Del Sector Educativo Del Choco

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y A La Salud
  • Vulneración por negar traslado de docente que padece varias enfermedades degenerativas
  • Orden a Secretaría de Educación disponer traslado de docente
Ius Variandi
  • Alcance y límites
Accion De Tutela Respecto De Traslados Laborales
  • Procedencia excepcional cuando afecta derechos fundamentales
Traslado De Docentes
  • Límites a la discrecionalidad de la administración cuando vulnera derechos del docente y su núcleo familiar
Derecho A La Salud Del Docente
  • Solicitud de traslado de docente por razones de salud
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se solicita la protección de los derechos fundamentales a la salud en conexidad a la vida, al trabajo en condiciones dignas y a la dignidad humana, presuntamente vulnerados por la Administración Temporal para el Sector Educativo del Departamento del Chocó, al negarse a conceder el traslado laboral de la actora al municipio de Quibdó, en donde recibe tratamiento médico para las diferentes patologías que padece.

Se reitera jurisprudencia de la Corporación sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para resolver asuntos relativos a traslados de docentes; el marco legal de esta clase de situaciones administrativas, el traslado como un derecho del trabajador y, el derecho al trabajo en condiciones dignas.

SE CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo del (2) de diciembre de dos mil trece (2013), proferido por la Sala Unica de Decision del Tribunal Superior de Quibdo, que revoco el fallo dictado el seis (6) de noviembre de dos mil trece (2013) por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Conocimiento de Quibdo, dentro de la accion de tutela promovida, mediante apoderado judicial por la senora Flor Maria Palacios Abadia, contra la Administracion Temporal del Sector Educativo del Choco. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos a la salud y al trabajo en condiciones dignas de la senora Flor Maria Palacios Abadia.
  2. Segundo. En consecuencia, ORDENAR a la Administracion Temporal del Sector Educativo del Choco, por conducto de su respectivo apoderado o quien haga sus veces, que si aun no lo ha efectuado, en el termino de diez (10) dias habiles, contados a partir de la notificacion de esta providencia, traslade a la accionante Flor Maria Palacios Abadia a una plaza docente de igual o superior categoria en el municipio de Quibdo (Choco).
  3. Tercero. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.