Micelio
Sentencia de Tutela23 de julio de 2009

T-492 de 2009

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Jose Ricardo Marin Gomez·Demandado Vidacoop Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Particulares
  • Reiteración de jurisprudencia
Principio De Inmediatez
  • Caso en que se instauró la acción de tutela luego de un año desde el momento en que se originó la alegada violación de derechos fundamentales
Accion De Tutela Contra Cooperativa
  • Solicitud de pago de auxilio de despido
Auxilio De Despido
  • Caso en que no se le canceló al demandante cuando fue despedido
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mínimo vital.

El accionante se asoció a las cooperativas accionadas mientras su contrato de trabajo se encontraba vigente, ahora que su contrato ha terminado solicita el pago del auxilio de despido, el cual no le ha sido reconocido por no encontrarse al día en el pago de aportes y por haber sido despedido por ausentarse del lugar de trabajo.

La Sala considera que el amparo de los derechos resulta improcedente, ya que la acción interpuesta no cumple con el requisito de inmediatez y existen otros mecanismos de defensa judicial.

Negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Valledupar, que resolvio la accion de tutela promovida por Jose Ricardo Marin Gomez contra la Cooperativa de Recreacion, Cultura y Bienestar Social Ltda. -VIDACOOP- y la Cooperativa Integral de Trabajadores Relacionados con La Mineria -COINTRAMIN-, declarandola improcedente.
  3. Segundo. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.