Sentencia de Tutela11 de mayo de 2001
T-488 de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Luddy Amparo Ibarra Vacca Vs. Instituto Departamental De Arauca Idesa
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida Salud Y Dignidad Humana. No Suministro De Audifonos A Personas Con Limitaciones Y Escasos Recursos. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Vida Digna
- Suministro de audífonos a persona mayor de edad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Arauca, dentro de la acción de tutela instaurada por Ludy Amparo Ibarra Vacca contra el Instituto Departamental de Salud de Arauca -IDESA-. En su lugar CONCEDE el amparo solicitado.
- Segundo. ORDENAR al Instituto Departamental de Salud de Arauca, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, suministre a la señora Ludy Amparo Ibarra Vacca, los audífonos que le fueron recetados por el médico tratante. De no disponer el demandado de recursos especiales destinados a las personas limitadas de acuerdo a lo previsto por la ley 361 de 1997, la IPS podrá repetir contra el Fondo de Solidaridad de Garantías -FOSYGA- por el valor correspondiente.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-1123/00Derecho A La Salud. Entrega De Droga Y Protesis. Medicamentos Que No Estan En El Pos. Cuando Esta De Po Medio La Vida Del Paciente La Eps Debe Tratarlo Y Luego Esta Podra Repetir Contra El Estado. Negada.T-099/99Der. A La Salud Y A La Vida. Suministro De Pañales Por Capresub. Concedida.T-224/97Der. A Al Salud. Der. A La Vida. I.S.S. Suministro De Medicamentos. Concedida.T-645/96Der. A La Salud Y A La Integridad Personal. Valoracion Medica En El Exterior Por Cajanal. Tutela Transitoria. Concedida.T-042/96Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Programacion De Cirugia. Concedida.T-207/95Ders. Prestacionales. Der. A La Salud. Estancamiento De Aguas Negras. Alcantarillado. Negligencia Adtiva. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.