T-437 de 2006
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Yurisan De Jesus Noriega Maldonado En Representacion De Esther Gonzalez Vs. Coomeva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la seguridad social y proteccion a la mujer embarazada en conexidad con el derecho al minimo vital y al interes superior del niño y los derechos de los hijos de afiliada a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad aduciendo que los aportes fueron extemporaneos.
Solicita se ordene el pago de la licencia de maternidad.
La protección a la mujer embarazada y a los niños frente al pago de la licencia de maternidad.
Requisitos de procedibilidad de la acción de tutela frente a peticiones del pago de la licencia de maternidad.
La sala de revisión encuentra que en el presente asunto sometido a su conocimiento se cumplen las condiciones diseñadas por la jurisprudencia reiterada de la corte constitucional para ordenar en un fallo de tutela el pago de la licencia de maternidad por lo cual se procederá a tutelar los derechos fundamentales de la demandante y de sus hijos.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Penal Municipal de Cienaga, Magdalena y por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Cienaga, Magdalena, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Yurisan de Jesus Noriega Maldonado en representacion de Alicia Esther Gonzalez Rodriguez contra Coomeva E.P.S.. En consecuencia, se CONCEDE el amparo a los derechos fundamentales la seguridad social y proteccion a la mujer embarazada, en conexidad con el derecho al minimo vital, y al interes superior del nino y los derechos fundamentales de sus hijos.
- Segundo. ORDENAR a Coomeva E.P.S. que, si aun no lo ha hecho, dentro de las 48 horas siguientes a la notificacion de esta Sentencia, proceda a reconocer y pagar el valor de la licencia de maternidad de la senora Alicia Esther Gonzalez Rodriguez.
- Tercero. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.