Micelio
Sentencia de Tutela31 de julio de 1998

T-390 de 1998

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Marlen Stella Daza Lopez

Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Nivelacion E Indexacion De Salarios. Febor. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
  • Reajuste periódico de remuneración
  • Alcance
Regimen De Cesantias
  • Libertad de opción del trabajador
Principio A Trabajo Igual Salario Igual
  • Libertad de opción en sistema de cesantías
Derecho A La Igualdad Ante La Ley
  • Trato diferente, razonable y objetivo
Derecho A La Igualdad
  • Discriminación salarial por no acoger nuevo sistema de cesantías
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales de igualdad y trabajo de la señora Marlen Stella Daza López.
  2. Segundo. ORDENAR a la empresa FEBOR ENTIDAD COOPERATIVA LTDA. Para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, nivele el salario de la señora Marlen Stella Daza López, al de las demás asistentes del departamento de mercadeo, cancelando a ésta las diferencias salariales desde el momento en que se presentó la diferencia salarial. Además , las sumas que le sean canceladas a la actora deberán ser indexadas de acuerdo a la evolución de la inflación, todo lo anterior de acuerdo con lo señalado por la sentencia SU-400 del 28 de agosto de 1997, emanada de esta misma Corporación.
  3. Tercero. PREVENIR a la entidad FEBOR ENTIDAD COOPERATIVA LTDA., para en lo sucesivo no desarrolle conductas que atenten contra los derechos de sus trabajadores, ni profiera a éstos tratos discriminatorios,
  4. El incumplimiento del presente fallo dará lugar a la imposición de las sanciones por desacato contempladas por el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto. SÚRTASE el trámite previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.