Micelio
Sentencia de Tutela13 de junio de 2014

T-380 de 2014

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Alfonso Jimenez Cuesta Y Otros·Demandado Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Primera Subseccion A

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Accion De Tutela Contra Auto Interlocutorio
  • Improcedencia por cuanto juez de tutela no puede inmiscuirse dentro de la órbita de competencias de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura
  • Improcedencia por cuanto no existe pronunciamiento de fondo y están en suspenso los recursos ordinarios de defensa, incumpliendo requisito de subsidiariedad
  • Procedencia excepcional por vulneración de derechos fundamentales
Concepto De Providencia Judicial
  • Comprende también autos interlocutorios
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Pretenden los actores que se amparen sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia y en consecuencia se declare que el Juzgado Veintidós Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá carecía de competencia para decidir sobre la remisión a la jurisdicción civil del expediente contentivo de la acción de grupo que impetraron contra Codensa S.A E.S.P., porque la autoridad competente para tramitarla es la contenciosa administrativa.

Alegan que las autoridades accionadas desconocieron el artículo 155 de la Ley 1437 de 2011 que asigna la competencia a los jueces administrativos en primera instancia, cuando los asuntos se refieren a la protección de derechos e intereses colectivos o reparación de daños causados a un grupo, por las autoridades del nivel departamental, distrital o municipal, o las personas privadas que ejercen funciones públicas dentro de esos mismos ámbitos.

Se analiza temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, haciendo alusión a la procedencia contra autos interlocutorios y se precisan los requisitos generales de procedencia y especiales de procedibilidad.

Por no estar acreditado el cumplimiento del requisito de subsidiariedad y estar ante la imposibilidad de continuar con el examen de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, la Sala de Revisión decide confirmar las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la decision proferida el 16 de diciembre de 2013, por la Seccion Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que confirmo a su vez la sentencia proferida el 11 de julio de 2013, por la Seccion Segunda, Subseccion A, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
  2. Segundo. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.