T-348 de 2007
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Luis Miguel Sanchez Martinez En Representacion De Gisel Katerine Ramirez Ciro Vs. Colegio De La Divina Providencia De Manizales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Legitimidad e interés
- Doble función
- Fundamental
- Criterios del artículo 67 de la Constitución Política
- Modalidad semipresencial por embarazo implica discriminación
- Desescolarización
- Protección
- Presupuestos
- Cualquier persona puede exigir el cumplimiento de los derechos de los niños
- Protección
- Implica vulneración de derechos fundamentales
- Límites legales y constitucionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la educacion la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad de menor matriculada en el colegio en el grado 11 a quien por razon de su embarazo no le fue permitida su asistencia al plantel ni ha sido aceptada en las actividades que regularmente desarrolla el colegio con sus alumnas.solicita se ordene permitirle su asistencia a las clases y a los eventos que programe el colegio al igual que la continuidad de sus actividades academicas.legitimacion para interponer una accion de tutela cuando se trate de menores de edad.
Personas autorizadas para promover el amparo de derechos fundamentales.
El derecho fundamental que tiene la mujer en estado de embarazo a la educacion.
La desescolarizacion.
Constituyen medidas discriminatorias todas aquellas que tengan por finalidad someter a una estudiante embarazada a un tratamiento educativo diferente al de los restantes compañeros sin justificacion alguna.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo dictado por el Juzgado Once (11) Civil Municipal de Manizales y en su lugar CONCEDER la tutela por los derechos fundamentales a la educacion, a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad de la menor Gisel Katerine Ramirez Ciro.
- SEGUNDO. ORDENAR al Colegio de la Divina Providencia de Manizales que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reintegre a un regimen de escolaridad normal a la alumna Gisel Katerine Ramirez Ciro, si ella asi lo desea, en el cual el servicio educativo, le sea prestado en igualdad de condiciones a los restantes estudiantes de ese plantel. No obstante, como para la fecha de este fallo muy posiblemente ya haya culminado el ano escolar, la orden de reintegro de la menor podra tener efectos a partir del presente periodo academico o en el proximo ano.
- TERCERO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.