Sentencia de Tutela30 de marzo de 2001
T-344 de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Maria Consuelo Pantoja Medina Vs. Cajanal
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Vida Salud Y Seguridad Social. Solicitud Cirugia No Incluida En El Pos. Accion De Repeticion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Plan Obligatorio De Salud
- Exclusiones y limitaciones
- Periodos de carencia
- Cirugía de próstata
Agencia Oficiosa En Tutela
- Cónyuge en representación de esposo enfermo
Entidad Promotora De Salud
- Repetición contra el FOSYGA
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Neiva, por la cual se le negó a Consuelo Pantoja de Medina la tutela de los derechos invocados.
- Segundo. En su lugar, CONCEDER a la actora en representación del señor Euclides Medina Perdomo, la tutela de los derechos a la vida, a la salud y a la seguridad social.
- Tercero. Ordenar a la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN E.P.S. - Seccional Huila, si no lo ha hecho a la fecha, que proceda a practicarle al señor Euclides Medina Perdomo la cirugía denominada NEFROLITOTOMIA PERCUTANEA IZQUIERDA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia.
- Cuarto. La CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN E.P.S. - Seccional Huila podrá repetir lo que desembolse por concepto de este fallo contra la cuenta correspondiente del Fondo de Solidaridad y Garantía del sistema general de seguridad social en salud.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
- Comuníquese, notifíquese, cúmplase, e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-1176/00Derecho A La Salud Y A La Vida. Tratamiento Y Examenes Excluidos Del Pos. Negada.T-860/99Tutela Contra Eps Salud Total. Practica De Examenes Prequirurgicos. Cataratas Ojo Derecho. Concedida.SU.819/99Derecho A La Salud. Der A La Vida. Tratamiento Medico En El Exterior Transplante De Medula. Minsalud Colmena Salud E.P.S. Mandamientos Para Las Eps. Concedida.T-784/98Der. A La Salud De Los Niños. Suministro De Audifonos Por La E.P.S. De Humana. Concedida.T-560/98Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud Y A La Vida. Examenes Que No Son Practicados Por Salud Colmena E.P.S. Por Estar Excluidos Del Plan Obligatorio. Concedida.T-114/97Der. A La Vida Y A La Salud. Suspension De Tratamiento Medico. Suministro De Medicamentos. Compensar E.P.S. Concedida.
Ver las 8 →Citada por10
T-144/19Improcedencia De La Accion De Tutela Por No Estar Acreditados Los Requisitos De La Agencia Oficiosa.T-459/15Derecho A La Salud De Menor De Edad Afiliado Al Regimen Subsidiado De Salud Y De Nivel Sisben. Suministro De Gafas Con Montura Y Exoneracion De Copago.T-496/14Tutela de 2014T-940/09Tutela de 2009T-477/09T-443/07Tutela de 2007
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.