T-312 de 2014
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Karem Lorena Vanegas Rodriguez·Demandado Proyekta Ltda Ingenieros Consultores
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a empresa reconocer y cancelar todo lo correspondiente a la licencia de maternidad a que tiene derecho la accionante
- Es aplicable a todas las trabajadoras sin importar la relación laboral que se tenga o la modalidad del contrato
- Unificación de jurisprudencia en sentencia SU070/13
- No es requisito para la protección de la mujer embarazada sino para determinar el grado de protección
- Hipótesis fácticas de la alternativa laboral de mujer embarazada
- Fuerza vinculante con instrumentos internacionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se aduce en este caso que la terminación del contrato de prestación de servicios que tenía la actora con la empresa Proyekta Ltda.
Ingenieros Consultores, vulneró sus derechos fundamentales, porque se realizó de manera unilateral y sin tener en cuenta su estado de gravidez.
Se reitera la posición adoptada por la Corporación a través de la Sentencia SU070/13, pero al encontrar configurada la validez de la terminación unilateral, solo se otorga la protección en lo que tiene que ver con el cubrimiento de la licencia de maternidad sin que resulte procedente el reintegro por no haberse acreditado el nexo causal entre el embarazo y la terminación del servicio que venía prestando la demandante.
Se TUTELAN los derechos fundamentales al mínimo vital, a la seguridad social y al fuero de maternidad
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo dictado en noviembre 14 de 2013 por el Juzgado Treinta Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, no impugnado, que habia negado el amparo solicitado. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales de la senora Karem Lorena Vanegas Rodriguez y de su hijo, al minimo vital, la seguridad social y el fuero de maternidad.
- Segundo. ORDENAR a la empresa Projekta Ltda. Ingenieros Consultores, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces que, si aun no lo ha realizado, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, reconozca y cancele todo lo correspondiente a la licencia de maternidad a que tiene derecho la senora Karem Lorena Vanegas Rodriguez, identificada con cedula de ciudadania 1.031.123.444 de Bogota.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.