Sentencia de Tutela4 de marzo de 2004
T-199 de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Compañia Panameña De Aviacion Vs Superintendencia De Sociedades
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Tramite Proceso Liquidacion Obligatoria. Acuerdo De Reestructuracion. Aporte Prueba Sumaria. Existencia De Creditos Previamente Reconocidos. Ley 550/99. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Concordato Y Acuerdo De Reestructuracion
- Diferencias
Prueba Sumaria
- Concepto
Accion De Tutela Contra Superintendencia De Sociedades
- Prueba sobre la existencia de crédito en proceso de liquidación obligatoria
Acuerdos De Reestructuracion Y Proceso Concordatario
- Son trámites diferentes
Acuerdos De Reestructuracion
- Finalidad
- La participación en éste no implica el que no se exija luego prueba
- No le es aplicable el segundo parágrafo del artículo 152 de la Ley 222 de 1995
Proceso De Liquidacion Obligatoria
- Finalidad
- Pruebas deben cumplir requisitos legales necesarios
Proceso De Liquidacion Obligatoria Y Debido Proceso
- No implica violación a éste el exigir prueba de la existencia de los créditos
- No se vulnera cuando no se consideran como prueba documentos emanados del acreedor
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 9 de septiembre de 2003 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual se confirmó a su vez el fallo del Juzgado 25 Penal del Circuito de Bogotá, mediante el cual se negó por improcedente una acción de tutela instaurada por la Compañía Panameña de Aviación contra la Superintendencia de Sociedades.
- SEGUNDO. Por Secretaría General de la Corte, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
C-939/03Decreto 624 De 1989. Art. 849. Estatuto Tributario. Ley 550 De 1999. Art. 55 Inciso 3. Reactivacion Empresarial Y Reestructuracion De Entes Territoriales. Procesos Concursales. Principio Par Conditio Omnium Creditorum. Proceso Sucesoral De Quiebra Y LiquiC-625/03Ley 550 De 1999. Art. 53 (P.). Reactivacion Empresarial. Reestructuracion De Los Entes Territoriales. Funcion Social De Las Empresas. Desarrollo Armonico De Las Regiones. Exoneracion Impuesto De Renta Presuntiva. Sociedades En Concordato. Celebracion AcueT-458/97Der. A La Vida. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. No Pago De Mesadas Pensionales. Empresa En Concordato. An- Son Drilling. Concedida Parcial.T-299/97Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Empresa En Concordato No Paga Oportunamente Pensiones. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.