Micelio
Sentencia de Tutela26 de febrero de 2003

T-163 de 2003

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Jose Robin Guerra Hernandez Vs. Salud Total

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Debido Proceso. Afiliacion Como Beneficiario En Calidad De Padre A Compañero Permanente De Madre Del Cotizante. Relacion De Solidaridad. Proteccion Integral. Ratione Decidendii. Juez Natural. Familia Y Paternidad. Extension
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Seguridad Social De Padrastro
  • Obligación de la EPS de reintegrarlo al sistema
Familia
  • Alcance del concepto
Derecho A La Seguridad Social
  • Estabilización de situaciones jurídicas consolidadas
  • Quienes prestan servicios asumen calidad de garantes de derechos constitucionales
Padres
  • Alcance de la expresión
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta sentencia, la decision del Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal de Bucaramanga y revocar la providencia dictada por el Juzgado
  3. Cuarto. Penal del Circuito de Bucaramanga. En consecuencia se tutelan los derechos fundamentales a la seguridad social y al debido proceso del senor Jose Robin Guerra Hernandez.
  4. Segundo. Ordenar a Salud Total E.P.S. que, en el termino de 48 horas, proceda a afiliar, con todos los privilegios derivados de la antiguedad, al senor Jose Robin Guerra Hernandez como beneficiario de Luis Alejandro Ninco.
  5. Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.