Sentencia de Tutela23 de abril de 1996
T-158 de 1996
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Alba Neisa Giraldo Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. De Peticion. Solicitud De Pago De Salarios Por Secuestro. Falta De Pruebas. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Secuestro
- Prueba para pago de salarios a beneficiarios
Persona Desaparecida
- Improcedencia pago de salarios a beneficiarios
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR en su totalidad la sentencia de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, de fecha veinte (20) de septiembre de mil novecientos noventa y cinco (1995), la cual confirmó la decisión del Juzgado Promiscuo de Familia de San José del Guaviare del 14 de julio de 1995, providencia esta que concedió la tutela deprecada.
- SEGUNDO. DENEGAR la tutela solicitada por Alba Neisa Giraldo Castañeda, en nombre propio y en representación de sus hijos menores Diego Fernando y Karen Edith Gómez Giraldo, contra el Departamento del Guaviare a fin de que les fueran protegidos sus derechos fundamentales a la vida, a la salud, al trabajo, a la asistencia o seguridad social, a la subsistencia y a la integridad familiar.
- TERCERO. DENEGAR la tutela oficiosa al derecho de petición de la parte actora.
- CUARTO. COMUNICAR este fallo al Juzgado Promiscuo de Familia de San José del Guaviare, para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por22
T-048/16Reconocimiento Y Pago De Prestaciones Sociales A Beneficiarios De Trabajadores Secuestrados O Sometidos A Desaparicion Forzada.C-613/15Medidas De Protección A Las Víctimas Del Secuestro. Beneficio En Favor De Quienes Tengan Contrato De Trabajo A Término Fijo.T-1001/10Tutela de 2010C-914/10Definicion De Victimas De La Violencia Politica. No Inclusión De Las Personas Afectadas Por El Delito De Desaparición Forzada Configura Una Omisión Legislativa RelativaT-778/08Tutela de 2008T-1131/08Tutela de 2008
Ver las 22 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.