Sentencia de Tutela19 de febrero de 2004
T-144 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Fabiola Duran Restrepo Vs Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Respuesta Pronta Y Oportuna. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Terminos Para Responder. Llamado A Prevencion. Ley 700 De 2001. Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Vulneración por cuanto no se respondió dentro del término legal
- Alcance
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Términos para resolver
Derecho De Petición
- Núcleo esencial
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Bogotá, que negó la protección del derecho reclamado por la señora FABIOLA DURAN RESTREPO. En su lugar, TUTELAR el derecho de petición.
- Segundo. ORDENAR al Seguro Social, que si aún no lo ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia proceda a pronunciarse de fondo sobre el objeto de la petición elevada por la señora Fabiola Durán Restrepo.
- Tercero. PREVENIR al Seguro Social para que en el futuro se abstenga de incurrir en actuaciones que vulneran los derechos fundamentales de sus afiliados.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrense la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-588/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension Gracia. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Interposicion De Recursos En Tramite Administrativo. Llamado A Prevencion. Ley 700 De 2001. Concedida.T-422/03Derecho De Peticion. Nucleo Esencial. Solicitud Reliquidacion Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-326/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion Gracia Y Sustitucion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-325/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez Y Jubilacion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.SU.975/03Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial.T-999/02Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Invalidez. Perdida Capacidad Laboral Por Accidente De Trabajo. Temeridad. Negada.
Ver las 14 →Citada por2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.