Sentencia de Tutela11 de octubre de 2000
T-1364 de 2000
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jose Hernando Lozano Reyes Vs. Bancafe
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Derechos Adquiridos. Tutela Contra Particulares. Naturaleza Juridica De La Pension De Jubilacion. Inmutabilidad E Intangibilidad De Derechos Subjetivos. Buena Fe Y Respeto Al Acto Propio. Razonabilidad De La Accion De Tutela. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acto Propio
- Respeto
Pension De Jubilacion
- Revocatoria unilateral de acto por entidad privada sin consentimiento expreso y escrito del titular
Accion De Tutela Contra Particulares
- Revocatoria unilateral de acto por entidad privada que reconoció derecho a la pensión
Accion De Tutela Contra Sociedad De Economia Mixta
- Frente a sus trabajadores actúa como particular
Acción De Tutela
- Término de presentación
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR los fallos de instancia proferidos, el
- primero. (1deg) de febrero de dos mil (2000) por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Bogota y nueve (9) de marzo de dos mil (2000) por el Tribunal Superior de Bogota, Sala Penal, en el expediente T-312 321, en cuanto denegaron la solicitud de tutela del accionante JOSE HERNANDO LOZANO REYES contra el Presidente de BANCAFE (antes Banco Cafetero), por los motivos expuestos en esta providencia.
- Segundo. DAR cumplimiento por Secretaria General a lo previsto en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-466/99Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida. Mora En El Pago De Pension De Jubilacion. Banco Popular. Concedida.T-295/99Der. A La Igualdad. Personas De La Tercera Edad. Derechos Adquiridos. Disminucion De La Pension De Jubilacion Por Bancafe. Concedida.SU.961/99Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion Oportuna.Negada.T-463/97Der. A La Educacion. Falta De Docentes. Hecho Superado. Negada.T-315/96Reajuste De La Mesada Pensional De Congresista. Reintegro De Sumas. Fondo De Prevision Social Del Congreso. Concedida.C-134/94Dec. 2591/91. Art. 42 Inc. 12 Y 9. Tutela Contra Particulares. Exequibles Salvo N° 1 Expresion "para Proteger... Autonomia" Que Es Inexequible.
Citada por10
T-435/16Pension De Invalidez. Fecha De Estructuracion Y El Retiro Material Y Efectivo Del Mercado Laboral.T-596/15Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Pension De Jubilacion Proporcional Por Retiro Voluntario.T-477/11Tutela de 2011T-960/09Tutela de 2009T-784/09Tutela de 2009T-624/06Tutela de 2006
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.