Micelio
Sentencia de Tutela7 de diciembre de 2005

T-1297 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Lucenid Gongora Rodríguez Vs. Famisanar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Objeto
  • Hace parte del mínimo vital
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
  • Reglas para que proceda el pago por tutela
  • Término hasta de un año después del nacimiento del niño para reclamar por tutela
1 tema · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la dignidad humana y al minimo vital de afiliada cotizante a quien la entidad no le reconoce ni paga la licencia de maternidad por nio cumplir los requisitos debido a la realzaicon de pagos extemporáneos e interrumpidos.

Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.

Naturaleza de la licencia de maternidad.

Allanamiento a la mora.

Oportunidad para interponer la accion de tutela para efectos de solicitar el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo dictado por el Juzgado Sesenta y Cinco (65) Civil Municipal de Bogota y en su lugar CONCEDER la tutela por los derechos fundamentales a la vida, a la dignidad humana y al minimo vital de la senora Lucenid Gongora Rodriguez.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la EPS FAMISANAR Seccional Bogota que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este fallo, si aun no lo ha hecho pague a la senora Lucenid Gongora Rodriguez la licencia de maternidad que se causo el 15 de enero de 2005.
  3. TERCERO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.