Micelio
Sentencia de Tutela1 de febrero de 2001

T-121 de 2001

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Osiris Herrera Serza Y Otros Vs. Alcaldia De Guaranda Sucre

Tema · dato duro
Derechos Al Trabajo Seguridad Social Vida Dignidad Humana Y Minimo Vital De Docentes. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Prestaciones. Indexacion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Partida Presupuestal
  • Gestión y distribución para pago oportuno de salarios
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Revocar las sentencias de instancia adoptadas por el Juzgado Promiscuo Municipal de Guaranda y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sucre (Sucre), en el trámite de los expedientes radicados bajo los números T-371.055, 371.057, 371058, 371.060, 371.063, 371.065, 371.066, 371.069, 371.072, 371.073 y 371.074; en su lugar, tutelar los derechos al trabajo, a la seguridad social y a la vida, así como el respeto de la dignidad humana, de Osiris Herrera Seiza, Nolba Cotera Lobo, Mariela Hernández Martínez, Alba Mairena Jiménez López, Ana Margarita de Hoyos Navarro, Adeles de Jesús Pinedo Bedoya, Carlos A. Moreno Varela, Manuel de Jesús Vega Sierra, Luz Marina Yepez Zambrano, Aracelis Rocío Ponce Vanegas y José Gregorio Villareal Cardoza.
  2. Segundo. Ordenar al Alcalde de Guaranda (Sucre), que si aún no lo ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a cancelar a Osiris Herrera Seiza, Nolba Cotera Lobo, Mariela Hernández Martínez, Alba Mairena Jiménez López, Ana Margarita de Hoyos Navarro, Adeles de Jesús Pinedo Bedoya, Carlos A. Moreno Varela, Manuel de Jesús Vega Sierra, Luz Marina Yepez Zambrano, Aracelis Rocío Ponce Vanegas y José Gregorio Villareal Cardoza, el total de los salarios que el municipio a su cargo ha omitido cancelarles cumplidamente, con la correspondiente indexación. En caso de que ello no sea posible, ese funcionario informará de manera motivada al Juzgado Promiscuo Municipal de Guaranda sobre tal circunstancia y, dentro del mismo plazo de cuarenta y ocho horas, iniciará los trámites necesarios para cancelar tales acreencias dentro de los dos meses siguientes, so pena de las sanciones previstas en el Decreto 2591 de 1991 para el desacato.
  3. Tercero. Prevenir al Alcalde de Guranda (Sucre), para que en el presupuesto municipal de las vigencias fiscales por venir, incluya la partida necesaria para cubrir la remuneración completa de todos docentes a cargo de ese municipio, so pena de las sanciones que contempla el Decreto 2591 de 1991 para el desacato.
  4. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.