Micelio
Sentencia de Tutela7 de noviembre de 2008

T-1116 de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Gustavo León Erazo En Representación De Gloria Patricia Erazo Andrade·Demandado Eps Sanitas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • No están dados los requisitos fijados en la jurisprudencia constitucional para la protección del derecho a la salud
Adiccion A Sustancias Psicoactivas
  • Definición del Plan Nacional de Salud Pública adoptado por el Decreto 3039 de 2007
  • Prevención a las entidades involucradas para que desarrollen el Plan Nacional de Salud Pública para la prevención y recuperación de personas adictas
  • Desconocimiento por parte del Ministerio de la Protección Social, los entes territoriales involucrados y las entidades promotoras de salud de las obligaciones de Política Nacional de Salud Pública en lo relacionado con
  • Objetivos y estrategias fijados por el Plan Nacional de Salud Pública para el mejoramiento de la salud mental en el 2007-2010
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Deber de brindar la atención en salud que se requiera para tratar efectivamente el problema de drogadicción crónica
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la seguridad social, salud y vida de su señora madre quien tras la muerte de su esposo ha desarrollado una fuerte dependencia al alcohol con comportamientos suicidas y agresivos y la ha llevado a perderse varios días de la casa y del trabajo.

Dicha entidad señaló que su madre debía ser internada en una institución especializada en psiquiatría y en el manejo de sustancias, pero la entidad no le presta el servicio y ella no tiene medios económicos para cubrir el tratamiento de su mamá.

En el caso específico no se cumplen los requisitos exigidos por la jurisprudencia ya que el tratamiento no fue ordenado por un médico tratante adscrito a la entidad y su empleador le ha brindado atención eficiente dentro del programa de seguridad social, la alcladía le ha brindado toda la ayuda posible.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Confirmar la sentencia proferida por el Juzgado Doce Civil del Circuito de Cali que negó la tutela de los derechos fundamentales de Gloria Patricia Erazo Andrade por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Prevenir al Ministerio de Protección Social, a la Gobernación del Valle del Cauca, a la Alcaldía de Cali y a EPS Sanitas, para que, en el menor tiempo posible, desarrollen el Plan Nacional de Salud Pública en los que se refiere al Objetivo 4, de acuerdo con sus competencias.
  3. Tercero. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado Trece Civil Municipal de Cali notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
  4. Cuarto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.