Micelio
Sentencia de Tutela29 de octubre de 2004

T-1081 de 2004

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Humberto Osorio Barrera Vs. Fiscalia Especializada De Barrancabermeja Y Otro

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso De Persona Puesta A Disposicion De La Fiscalia A Quien Por Auto Confirmado Se Le Nego La Accion De Habeas Corpus. Solicita Se Ordene Resolverle La Situación Juridica Dentro De Los Terminos Legales. Proteccion Constitucional De L
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Habeas Corpus
  • Eventos para la procedencia
  • Improcedencia cuando la privación de la libertad se funda en providencia judicial
Debido Proceso Y Habeas Corpus
  • Vulneración por haberlo negado argumentando que la privación de la libertad se funda en providencia judicial inexistente
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de fecha nueve (9) de junio de 2004, y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho al debido proceso dentro de la acción instaurada por Humberto Osorio Barrera contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga y la Fiscalía Especializada de Barrancabermeja.
  2. Segundo. DEJAR sin efectos el auto dictado en segunda instancia, el día 21 de mayo de 2004, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, que confirmó aquel dictado en primera instancia por el Juzgado
  3. Tercero. (3) Penal del Circuito de Barrancabermeja, negando la acción de Habeas Corpus formulada por el señor Humberto Osorio Barrera.
  4. Tercero. ORDENAR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, que en un término de tres (3) días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación de esta sentencia resuelva la solicitud de Habeas Corpus formulada por el señor Humberto Osorio Barrera, de conformidad con lo expuesto en la misma.
  5. Quinto. LÍBRESE por Secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.